El 17 de octubre de 2022 entraron en vigor las Disposiciones en Materia de Registros ante la CONDUSEF, con el objetivo de dotar a las Instituciones Financieras de una herramienta para cumplir con sus obligaciones frente a la CONDUSEF, englobándolas en un solo cuerpo normativo e institucionalizando tales obligaciones en el PORTAL ÚNICO DE REGISTROS (PUR)

La llegada del PUR destacó debido a su eficacia al momento de concentrar una serie de Registros (COT, IFIT, RECA, RECAS, RECO, REDECO, REUNE, REUS, SIGE, SINE) dentro de un solo portal, lo que antes era un proceso tedioso que implicaba un LOGIN y LOGOUT en numerosas páginas se convirtió en una actividad más sencilla. Sin embargo, las Disposiciones no solo implicaban la llegada del PUR, también establecían la implementación de dos APIs (Application Programming Interface) para el intercambio de información correspondientes a los registros REUNE y REDECO, cuya implementación no ha resultado como se esperaba originalmente. 

De acuerdo con los Transitorios de las Disposiciones antes mencionadas, el cumplimiento de las obligaciones relativas a proporcionar información tanto en el REUNE como en REDECO se realizaría a través de la API que para tal efecto habilitara la CONDUSEF, estableciéndose esta autoridad un plazo de un año exacto con termino al 17 de octubre de 2023 para poner a disposición de las Instituciones Financieras dichas APIs. Las Instituciones Financieras a su vez, tendrían hasta el 10 de enero de 2024 para implementarlas, un plazo que inicialmente parecía suficiente pero que ha sido sujeto a múltiples extensiones por parte de la autoridad.

Los últimos plazos publicados por la CONDUSEF para la implementación de cada API, son los siguientes:

  • A partir del 02 de septiembre de 2024, las Entidades Financieras deberán generar un nuevo súper usuario y usuarios para el consumo de la API en ambiente productivo, así como el envío del primer informe correspondiente al mes de agosto dentro de los primeros 5 días hábiles de septiembre 2024 (REUS).
  • A partir del 01 de octubre de 2024, las Instituciones Financieras deberán generar un nuevo súper usuario y usuarios para el consumo de la API en ambiente productivo. El envío del primer informe correspondiente al Tercer Trimestre de 2024 se realizará dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de octubre 2024 (REUNE).

El termino que emitió la autoridad para el uso e implementación definitiva las APIs está cerca, y muchas Instituciones Financieras parecen haber olvidado que su implementación es obligatoria, a excepción de que la institución financiera haya acreditado a la CONDUSEF la falta de infraestructura tecnológica, capacidad económica e imposibilidad para permitir la ubicación geográfica y por consiguiente haber obtenido la autorización para su no habilitación.  En Areia Abogados, te alentamos a que cumplas con esta obligación lo más pronto posible para que puedas familiarizarte  con el ambiente de trabajo de una API. 

No dudes en escribirnos si necesitas ayuda con la habilitación de cualquier API, fase de pruebas y/o implementación definitiva.

Publicado por: Alfredo Uribe